¿CÓMO SE DECLARA UNA HERENCIA EN RENTA?

Si durante el año hemos tenido la desgracia de perder un familiar, posiblemente hayamos heredado algún inmueble o dinero, por lo que es muy normal que surja la idea de pensar cómo va a afectarnos en renta.

En este despacho nos encargamos de tramitar herencias y asesorar a los herederos en los impuestos y gestiones a realizar. Es muy generalizada la preocupación de cómo afectará en la renta el hecho de heredera un inmueble, dinero en efectivo (en cuentas bancarias) o el seguro de vida.

La respuesta es que no tiene ninguna repercusión en IRPF. La herencia tributa por el Impuesto de Sucesiones, que es autonómico, por tanto, en cada Comunidad Autónoma puede ser distinto y provocar diferencias en las cuantías a pagar, pero en todo caso, ese hecho imponible que es la herencia, ya ha estado sujeto a un Impuesto, por tanto, no puede aplicársele otro impuesto, ya que se estaría pagando dos veces por la misma cosa.

Tampoco podemos olvidar que el IRPF significa Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, las palabras claves con “sobre la Renta” es decir, sobre lo que se genera, no sobre el patrimonio, por tanto afectará lo que en un futuro hagamos con lo heredado.

Veámoslo con un ejemplo:

  • Heredo una vivienda valorada en 200.000 euros, de entrada no me genera ningún ingreso, a lo sumo, una pequeña imputación en renta equivalente al 1,1% del valor catastral y además he heredado 500.000 euros, sigue sin afectarnos a la renta.

Entonces ¿cuándo me supondrá tener que declararlo? Pues cuando venda esa vivienda, la alquile o la venda o el dinero del banco me genere intereses, eso es lo que me llevaría a renta, pero no la herencia en sí, porque esa ya tributó por su impuesto correspondiente que es el Impuesto de Sucesiones, aunque no me haya correspondido pagar por no llegar al mínimo o por haber podido aplicar ciertas reducciones o deducciones, pero ya está declarado en ese impuesto.

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